Aviso Importante
Este es un portal informativo independiente y no está afiliado al gobierno ecuatoriano. Los trámites deben realizarse directamente en los portales oficiales de cada institución. La información proporcionada es orientativa y puede cambiar. Verifica siempre en los sitios oficiales antes de realizar cualquier trámite.
En Ecuador las visas las otorga el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (Cancillería), y el trámite se hace únicamente en línea, en la plataforma e-VISAS. Las reglas están en la Ley Orgánica de Movilidad Humana: puedes entrar como turista, obtener una residencia temporal por dos años y, después de 21 meses, pasar a la residencia permanente.
Entrar como turista: 90 días
- •La mayoría de nacionalidades de América y Europa pueden entrar como turistas sin visa previa
- •La estadía como turista es de 90 días, contados desde tu ingreso
- •Puedes pedir una prórroga única de hasta 90 días más ante la Cancillería, en línea, para completar hasta 180 días
- •Los ciudadanos sudamericanos tienen una autorización de permanencia de hasta 180 días
- •Como turista no puedes trabajar en relación de dependencia
Desde septiembre de 2025, 41 nacionalidades necesitan visa para entrar
Ecuador exige la visa de visitante temporal de transeúnte a ciudadanos de 41 países, entre ellos Cuba, Venezuela, Haití, India, Nigeria, Irán y China. Cuesta $50 de solicitud más $30 de emisión. Si tu nacionalidad está en la lista, tramítala en e-VISAS antes de viajar.
Residencia temporal: 2 años
La residencia temporal te permite vivir en Ecuador por dos años y se puede renovar una sola vez. Se otorga según el motivo de tu estadía. Las categorías más usadas son:
- •Trabajo: con contrato o actividad laboral en Ecuador
- •Jubilado: con pensión del exterior
- •Rentista: con ingresos mensuales lícitos del exterior de al menos tres salarios básicos
- •Inversionista: con una inversión en el país
- •Estudiante, profesional, científico o investigador
- •Amparo: por ser familiar de un ecuatoriano o de un residente
- •MERCOSUR: para ciudadanos de los países del acuerdo
Cuidado con las salidas del país
Como residente temporal puedes ausentarte del Ecuador un máximo de 90 días por año, acumulables durante la vigencia de tu residencia. Si te pasas, puedes perder la continuidad de la residencia, que es la base para pedir la permanente.
Residencia permanente
Puedes pedir la residencia permanente cuando acumules 21 meses como residente temporal, en cualquier categoría, y siempre antes de que venza tu residencia actual. También hay residencia permanente por vínculo con un ecuatoriano. Una vez otorgada, su vigencia es indefinida.
Costos de las visas en 2026
| Trámite | Solicitud | Emisión de la visa |
|---|---|---|
| Visitante temporal de transeúnte (41 países) | $50 | $30 |
| Residencia temporal MERCOSUR | $50 | $200 |
| Residencia temporal rentista | $50 | $270 |
| Residencia permanente (21 meses) | $50 | $225 |
Descuentos y pago
Las personas de 65 años o más tienen 50% de descuento y las personas con discapacidad del 30% o más están exoneradas. El pago se hace el mismo día de la solicitud: si no se registra hasta las 23:55 (hora de Ecuador), la solicitud se elimina. El valor de la solicitud no se devuelve si la visa es negada.
Cómo solicitar la visa paso a paso
- 1Identifica la categoría que te corresponde (turismo, residencia temporal o permanente)
- 2Reúne los documentos: pasaporte con al menos 6 meses de vigencia, foto a color con fondo blanco y los requisitos propios de tu categoría
- 3Apostilla o legaliza los documentos emitidos en el exterior y tradúcelos al español
- 4Ingresa a la plataforma e-VISAS de la Cancillería y crea tu cuenta
- 5Llena la solicitud, sube los documentos digitalizados y paga el valor el mismo día
- 6Revisa tu cuenta: la Cancillería puede pedirte documentos adicionales
- 7Con la visa aprobada, saca tu cédula de extranjero en el Registro Civil
Cédula de extranjero
Todo extranjero con residencia temporal o permanente debe obtener su cédula de identidad en el Registro Civil. La cedulación de extranjeros se hace en las agencias principales de Quito, Guayaquil y Cuenca. Cuesta $5 la primera vez y $15 la renovación. Con residencia temporal la cédula dura dos años, igual que la visa; con residencia permanente, diez años.
Preguntas Frecuentes
¿Cuántos días puedo estar en Ecuador como turista?
90 días desde tu ingreso. Puedes pedir una prórroga única de hasta 90 días más ante la Cancillería, para un total de hasta 180 días. Los ciudadanos sudamericanos tienen una autorización de hasta 180 días.
¿Puedo trabajar con visa de turismo?
No. Para trabajar en Ecuador necesitas una residencia temporal en la categoría que corresponda, por ejemplo la de trabajo.
¿Cuánto dura la residencia temporal y cuántas veces se renueva?
Dura dos años y se puede renovar una sola vez. Después de 21 meses como residente temporal puedes pedir la residencia permanente.
¿Cuánto tiempo puedo estar fuera del país con residencia temporal?
Un máximo de 90 días por año, acumulables durante la vigencia de la residencia. Si te pasas de ese límite, puedes perder la continuidad necesaria para la residencia permanente.
¿Dónde saco la cédula de extranjero?
En el Registro Civil, en sus agencias principales de Quito, Guayaquil o Cuenca, después de que te aprueben la visa de residencia. Cuesta $5 la primera vez y $15 la renovación.
Fuentes Oficiales
Fuentes consultadas para esta guía:
- •Cancillería del Ecuador - Visa de residencia temporal(consultado: 26/9/2026)
- •Gob.ec - Visa de residencia permanente por 21 meses(consultado: 26/9/2026)
- •Gob.ec - Visa de residencia temporal rentista(consultado: 26/9/2026)
- •Gob.ec - Prórroga de visitante temporal turista(consultado: 26/9/2026)
- •Registro Civil - Cedulación a extranjeros(consultado: 26/9/2026)
- •Ley Orgánica de Movilidad Humana(consultado: 26/9/2026)
Redacción TodoTramitec
Equipo editorial de TodoTramitec, portal informativo independiente
Redactamos guías a partir de fuentes oficiales del Estado ecuatoriano (IESS, SRI, Registro Civil, ANT, municipios) y las revisamos periódicamente. Cada guía indica si ya fue verificada con fuentes oficiales y en qué fecha; si no lo indica, tómala como información referencial y confirma en la fuente oficial.
