Devolución de IVA para Personas con Discapacidad — SRI Ecuador 2026
Actualizado: mayo 2026 · Verificado con fuentes oficiales
Las personas con discapacidad igual o superior al 30% reconocida por el CONADIS o el Ministerio de Salud tienen derecho a la devolución mensual del IVA pagado en sus compras de bienes y servicios de primera necesidad. La devolución también aplica para sus sustitutos (cónyuge, padres, hijos o hermanos que sustenten económicamente al discapacitado). El trámite se realiza en el portal SRI mensualmente y el depósito llega directamente a la cuenta bancaria registrada.
Gratuito. Devolución mensual máxima: hasta el IVA equivalente a 2 SBU en bienes de primera necesidad ($482 x 2 = $964; IVA máximo a devolver: hasta $115.68 al mes en 2026)
Registro inicial: 5-10 días. Devolución mensual: 30-60 días hábiles desde la solicitud
Portal SRI en línea: srienlinea.sri.gob.ec | Oficinas SRI provinciales
Requisitos
- 1Carnet de discapacidad del CONADIS o certificado del Ministerio de Salud con porcentaje igual o superior al 30%
- 2Cédula de identidad vigente del beneficiario o sustituto
- 3RUC o clave SRI activa
- 4Facturas electrónicas o físicas de las compras realizadas en el mes (deben estar a nombre del beneficiario o sustituto)
- 5Cuenta bancaria a nombre del beneficiario o sustituto para recibir la devolución
- 6Para sustitutos: documento que acredite la relación familiar y la dependencia económica
Pasos a seguir
- 1Registrar la discapacidad en el SRI: ingresar a srienlinea.sri.gob.ec con clave SRI
- 2Ir a 'Servicios' > 'Personas con discapacidad' > 'Registro de beneficiarios'
- 3Cargar el carnet de discapacidad o certificado del MSP para validación
- 4El SRI valida el porcentaje de discapacidad y activa el beneficio
- 5Cada mes, ingresar las facturas de compras de bienes de primera necesidad en el portal SRI
- 6El sistema calcula automáticamente el IVA pagado y el monto a devolver
- 7Solicitar la devolución indicando la cuenta bancaria de depósito
- 8El SRI procesa y deposita la devolución en 30-60 días hábiles
JUNIO 2026: El monto máximo de devolución mensual corresponde al IVA sobre 2 salarios básicos ($482 en 2026). La tasa de IVA vigente es del 12%. No se devuelve el IVA de licores, tabaco ni artículos de lujo. Las facturas deben estar a nombre del beneficiario o sustituto registrado. El beneficio aplica también para discapacitados con sustituto legalmente reconocido (cónyuge, padres, hijos, hermanos).
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