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Reconocimiento de Paternidad — Registro Civil Ecuador 2026

Verificado con fuentes oficiales el 28 de septiembre de 2026

El reconocimiento voluntario de un hijo o hija se hace en el Registro Civil, cuesta $4 y requiere dos testigos: con él se actualiza la filiación en la inscripción de nacimiento. Si el padre no reconoce voluntariamente, la madre o el hijo pueden demandar la declaratoria de paternidad ante un juez, con el formulario único del Consejo de la Judicatura, junto con la fijación de la pensión de alimentos.

Costo

Reconocimiento voluntario en el Registro Civil: $4 (incluye el acta y la solicitud de rectificación de datos) | Demanda judicial: sin tasa judicial; no es obligatorio contratar abogado (hay asesoría gratuita en la Defensoría Pública)

Tiempo

El reconocimiento se firma en la cita; los datos actualizados se pueden pedir 8 días después. La vía judicial depende del juzgado

Dónde

Agencias del Registro Civil (voluntario) | Unidades judiciales de familia, mujer, niñez y adolescencia (judicial)

Requisitos

0 de 6 documentos listos

Pasos a seguir

  1. 1RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO: solicitar el servicio en información de una agencia del Registro Civil y validar los requisitos
  2. 2Pagar la tasa y obtener el turno en la banca corresponsal o el módulo de recaudación
  3. 3Acudir al turno con los testigos, entregar los documentos y confirmar los datos del reconocimiento
  4. 4Firmar el acta de reconocimiento; se actualiza la filiación en la inscripción de nacimiento
  5. 5Ocho días después, pedir el certificado o la copia del acta con los datos actualizados
  6. 6VÍA JUDICIAL: si no hay reconocimiento voluntario, presentar ante la unidad judicial de familia el formulario único de demanda de declaratoria de paternidad y fijación de pensión alimenticia del Consejo de la Judicatura
  7. 7Con la sentencia ejecutoriada, actualizar la filiación en el Registro Civil

El trámite voluntario también permite el reconocimiento por dos madres, presentando el certificado médico del método de reproducción asistida. Si el reconocimiento se dispone por sentencia o consta en un acta notarial, se registra en el Registro Civil mediante el trámite de actualización de filiación por sentencia ejecutoriada o acta notarial.

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