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Pensión Alimenticia

Verificado con fuentes oficiales el 28 de septiembre de 2026

Demanda judicial para fijar la pensión de alimentos de hijas e hijos. El juez aplica la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2026 del Ministerio de Desarrollo Humano, que va del 28,12% al 54,23% de los ingresos del alimentante según su nivel de ingresos y el número y la edad de los hijos. La pensión mínima en 2026 es de $135,54.

Costo

Gratuito: no se paga tasa judicial y no es obligatorio contratar abogado. Asesoría y patrocinio gratuitos en la Defensoría Pública

Tiempo

Variable según la unidad judicial

Dónde

Unidades judiciales de familia, mujer, niñez y adolescencia

Requisitos

0 de 5 documentos listos

Pasos a seguir

  1. 1Descargar y llenar el formulario único de demanda de pensión alimenticia del Consejo de la Judicatura (o pedir asesoría gratuita en la Defensoría Pública)
  2. 2Presentar la demanda en la unidad judicial de familia del domicilio del niño, niña o adolescente
  3. 3El juez fija una pensión provisional aplicando la tabla vigente
  4. 4Se cita al alimentante y se realiza la audiencia, donde el juez fija la pensión definitiva (un acuerdo entre las partes no puede ser inferior a la tabla)
  5. 5Los pagos se registran en el Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA)
  6. 6Si el alimentante deja de pagar dos o más pensiones, se puede pedir al juez el apremio personal y otras medidas de cobro

Tabla 2026 (Acuerdo Ministerial MDH-DM-2026-0005-A, 29 de enero de 2026), porcentaje de los ingresos del alimentante para un hijo de 0 a 2 años / de 3 años en adelante: nivel 1 (1 a 1,25 SBU) 28,12% / 29,49%; nivel 2 (hasta 3 SBU) 34,84% / 36,96%; nivel 3 (hasta 4 SBU) 38,49% / 40,83%; nivel 4 (hasta 6,5 SBU) 39,79% / 42,21%; nivel 5 (hasta 9 SBU) 41,14% / 43,64%; nivel 6 (más de 9 SBU) 42,53% / 45,12%. En el nivel 1, con dos hijos es 39,71% / 43,13% y con tres o más, 52,18% / 54,23%; en el nivel 2, con dos hijos es 47,45% / 49,51%. Si hay hijos de distintas edades se aplica el porcentaje del mayor. Hay un valor adicional por discapacidad del hijo. El cálculo usa el ingreso descontado el aporte al IESS y considera a todos los hijos del alimentante. Las pensiones se indexan cada año con la inflación. Tienen derecho los hijos hasta los 18 años, hasta los 21 si estudian y no tienen recursos propios, y las personas con discapacidad que no puedan mantenerse, sin límite de edad.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la pensión alimenticia mínima en 2026?

$135,54 al mes: es el 28,12% de un salario básico de $482, que corresponde al primer nivel de la tabla para un hijo de 0 a 2 años. La fijó el Ministerio de Desarrollo Humano en el Acuerdo MDH-DM-2026-0005-A.

¿Cómo se calcula la pensión?

Se ubica al alimentante en uno de los seis niveles de la tabla según sus ingresos (expresados en salarios básicos y descontado el aporte al IESS) y se aplica el porcentaje que corresponde al número total de sus hijos y a la edad del mayor. Por ejemplo, con ingresos de $1.200 y un hijo de 2 años, el porcentaje es 34,84%: $418,08.

¿Necesito abogado para demandar alimentos?

No. Puedes presentar el formulario único de demanda del Consejo de la Judicatura en la unidad judicial de familia del domicilio del niño. También puedes pedir asesoría y patrocinio gratuitos en la Defensoría Pública.

¿Hasta qué edad se paga la pensión?

Hasta los 18 años; hasta los 21 si el hijo estudia, sus horarios le impiden o dificultan trabajar y no tiene recursos propios; y sin límite de edad si tiene una discapacidad que le impide mantenerse.

¿Qué pasa si el alimentante no paga?

Si adeuda dos o más pensiones, puedes pedir al juez el apremio personal y otras medidas para el cobro. Las pensiones también se indexan cada año con la inflación.

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