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Inscripción RUC Sociedad

Verificado con fuentes oficiales el 27 de septiembre de 2026

Las compañías anónimas, de responsabilidad limitada y SAS constituidas en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros pueden obtener su RUC y su clave del SRI de forma automática al actualizar sus datos en el portal de la Superintendencia, sin ir al SRI. Las demás sociedades se inscriben en el SRI. La inscripción es gratuita y debe hacerse dentro de los 30 días siguientes a la constitución o al inicio de actividades.

Costo

Gratuito

Tiempo

Vía automática: el número de RUC se genera al enviar el formulario. Plazo legal: dentro de los 30 días siguientes a la constitución o inicio de actividades

Dónde

Portal de Trámites de la Superintendencia de Compañías (vía automática) o canales del SRI: SRI en línea, Secretaría Virtual y centros de atención

Guía completa de este trámite

RUC Ecuador 2026: Cómo Inscribirte y tus Obligaciones Tributarias

9 min de lectura · con tablas de costos y preguntas frecuentes

Requisitos

0 de 4 documentos listos

Pasos a seguir

  1. 1Constituye la compañía en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
  2. 2Entra al Portal de Trámites de la Superintendencia y haz la actualización de datos de la compañía
  3. 3En la sección F, indica que la compañía no tiene RUC y que deseas obtenerlo de forma automática
  4. 4Selecciona al representante legal ante el SRI, acepta la declaración de responsabilidad, guarda y envía el formulario
  5. 5Recibirás en el correo del representante legal el número de RUC y la clave de SRI en línea; con ella descargas el certificado de RUC

La vía automática no está disponible si la compañía tiene representantes legales extranjeros con pasaporte o ciudadanos de otras nacionalidades que no consten en la base de datos del SRI; en ese caso la inscripción se hace directamente en el SRI. Si la sociedad deja de operar, debe informar al SRI dentro de los 30 días hábiles siguientes.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo debe obtener el RUC una compañía recién constituida?

Dentro de los 30 días siguientes a su constitución o al inicio de sus actividades, según la Ley del RUC. Las compañías anónimas, limitadas y SAS constituidas en la Superintendencia de Compañías pueden obtenerlo de forma automática al actualizar sus datos en el portal de la Superintendencia.

¿Tengo que ir al SRI para sacar el RUC de mi SAS?

No, si la SAS se constituyó en la Superintendencia de Compañías (en línea o de forma física) y su representante legal consta en la base del SRI. Al actualizar los datos en el Portal de Trámites de la Superintendencia eliges obtener el RUC automáticamente, y el número y la clave llegan al correo del representante legal.

¿Cuándo no se puede obtener el RUC de forma automática?

Cuando la compañía tiene representantes legales extranjeros con pasaporte o ciudadanos de otras nacionalidades que no constan en la base de datos del SRI. En ese caso la inscripción se hace directamente en los canales del SRI.

¿Qué pasa con el RUC si la compañía deja de operar?

Debe informar al SRI el cese de actividades dentro de los 30 días hábiles siguientes. Mientras el RUC siga activo, el SRI seguirá exigiendo las declaraciones.

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