Registro de Pagos de Décimo Tercero y Cuarto
Actualizado: mayo 2026 · Verificado con fuentes oficiales
Registro de pagos de décimo tercer y décimo cuarto sueldo de trabajadores. Obligatorio para empleadores como comprobante de cumplimiento.
Gratuito (registro)
Inmediato (registro)
SUT - Sistema Único de Trabajo
Requisitos
- 1RUC de la empresa
- 2Listado de trabajadores activos
- 3Cálculo de décimos (proporcionales si aplica)
- 4Comprobantes de pago
Pasos a seguir
- 1Calcular décimo tercero: total remuneraciones del año / 12
- 2Calcular décimo cuarto: valor de canasta básica ($821.80 en 2026)
- 3Realizar pagos a trabajadores
- 4Ingresar al SUT
- 5Registrar pagos de décimos
- 6Adjuntar comprobantes
- 7Confirmar registro
Décimo tercero: pago único en diciembre o fraccionado. Décimo cuarto: pago único en marzo (costa) o agosto (sierra/oriente).
Preguntas frecuentes
¿Cuándo deben pagarse el décimo tercero y décimo cuarto sueldo en Ecuador?
El décimo tercer sueldo (bono navideño) debe pagarse hasta el 24 de diciembre de cada año y corresponde a la doceava parte de lo percibido entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. El décimo cuarto sueldo (bono escolar) se paga hasta el 15 de agosto en la Sierra y Oriente, y hasta el 15 de marzo en la Costa e insular, y equivale a un salario básico unificado.
¿Puedo pedir que me paguen los décimos de forma acumulada en lugar de mensual?
El trabajador puede optar por recibir los décimos de forma acumulada (en las fechas establecidas por ley) o de forma mensual (prorrateada en el sueldo mensual). La elección es del trabajador y debe comunicarse al empleador. Cambiar de modalidad requiere notificación al empleador con al menos 30 días de anticipación. El empleador debe registrar la modalidad elegida en el SUT.
¿Qué pasa si el empleador no paga los décimos en las fechas establecidas?
El incumplimiento del pago de décimos en los plazos legales genera intereses por mora y puede derivar en multas administrativas impuestas por el Ministerio del Trabajo. El trabajador puede denunciar el incumplimiento ante la Inspectoría del Trabajo o presentar una demanda en el juzgado de trabajo. El empleador también queda registrado en el sistema del SUT como incumplidor, lo que puede afectar sus relaciones con el sector público.
¿Se pagan décimos proporcionales si el trabajador laboró menos de un año?
Sí, si el trabajador no ha completado el período completo de cálculo (diciembre a noviembre para el 13ro, o el período escolar para el 14to), tiene derecho al valor proporcional a los meses trabajados. Esto aplica tanto para contratos nuevos durante el año como para finiquitos de trabajadores que se retiran antes de completar el año. El empleador debe calcular y pagar la parte proporcional correspondiente.