Laborales y Trabajo
SUT, contratos, liquidaciones, denuncias laborales, reglamentos
El Ministerio del Trabajo administra el Sistema Único de Trabajo (SUT), donde empleadores y trabajadores gestionan contratos, liquidaciones y denuncias laborales. Registrar un contrato de trabajo, tramitar una licencia de maternidad o paternidad, o iniciar un proceso de desahucio son procedimientos obligatorios que se gestionan en línea a través del SUT.
Laborales y Trabajo
11 trámites encontrados
Registro de contratos y datos de trabajadores en el Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio de Trabajo. Obligatorio para empleadores.
Registro de actas de finiquito y liquidación de haberes para trabajadores que terminan su relación laboral. Incluye cálculo de décimos, vacaciones y fondos.
Presentación de denuncias laborales por despido injusto, acoso, incumplimiento de derechos, u otras vulneraciones. Proceso virtual con número de seguimiento.
Registro y aprobación del reglamento interno de trabajo y de higiene/seguridad para empresas. Documento obligatorio para empresas con 10+ trabajadores.
Solicitud de autorización para extensiones de jornada o horarios especiales que excedan las 8 horas diarias o 40 semanales.
Consulta y descarga del historial laboral o mecanizado del IESS. Documento que certifica todos los aportes y empleadores registrados.
Servicio de mediación para resolver conflictos individuales o colectivos entre empleadores y trabajadores de manera conciliada.
Registro de pagos de décimo tercer y décimo cuarto sueldo de trabajadores. Obligatorio para empleadores como comprobante de cumplimiento.
El visto bueno es el procedimiento laboral en Ecuador mediante el cual el empleador solicita al Ministerio del Trabajo (a través del SUT) la autorización para terminar un contrato de trabajo por causa justificada, sin necesidad de pagar la indemnización por despido intempestivo. También puede ser solicitado por el trabajador cuando el empleador incumple sus obligaciones. Las causales están establecidas en el Código del Trabajo (Art. 172 para el empleador, Art. 173 para el trabajador).
El desahucio laboral es el aviso anticipado que da el trabajador al empleador (o el empleador al trabajador) de su intención de terminar el contrato de trabajo sin expresar causa. El trabajador debe avisar con 15 días de anticipación para contratos hasta 3 años, o 30 días para contratos de más de 3 años. Al recibir el desahucio del empleador, el trabajador tiene derecho a una bonificación del 25% de la última remuneración mensual por cada año de servicio, más todos sus haberes pendientes. Se registra obligatoriamente en el SUT.
La jubilación patronal es una pensión vitalicia mensual que el empleador privado está obligado a pagar al trabajador que lleva 25 o más años de servicio con el mismo empleador, independientemente de la jubilación del IESS. Es un derecho irrenunciable establecido en el Art. 216 del Código del Trabajo ecuatoriano. Muchos trabajadores confunden este beneficio con la pensión por vejez del IESS: son dos beneficios distintos que pueden cobrarse simultáneamente.