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Laborales

Décimo Tercer Sueldo 2026: Cuándo se Paga, Cómo Calcularlo y Qué Incluye

El décimo tercer sueldo 2026 se paga hasta el 24 de diciembre. Cómo calcularlo (período 1 dic 2025 - 30 nov 2026), qué ingresos cuentan, acumulado vs mensualizado y qué hacer si no te pagan.

Actualizado: 1 de octubre de 2026
Verificado con fuentes oficiales el 1 de octubre de 2026
Redacción TodoTramitec
9 min de lectura
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Ilustración: Décimo Tercer Sueldo 2026: Cuándo se Paga, Cómo Calcularlo y Qué Incluye

Aviso Importante

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El décimo tercer sueldo —también llamado bono navideño— equivale a la doceava parte de todo lo que ganaste entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026. Si lo recibes de forma acumulada, tu empleador debe pagarlo hasta el 24 de diciembre de 2026. Si lo recibes mensualizado, ya lo has ido cobrando en cada rol de pago. Aquí te explicamos cómo calcularlo, qué ingresos cuentan y qué hacer si no te pagan.

¿Cómo se calcula el décimo tercer sueldo?

La fórmula está en el artículo 111 del Código del Trabajo: se suman todas las remuneraciones que recibiste en el período (1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026) y el total se divide para 12. A diferencia del décimo cuarto, que es un salario básico fijo para todos, el décimo tercero depende de cuánto ganaste: a mayor sueldo, mayor décimo tercero.

CasoCálculoDécimo tercero
Sueldo fijo de $600 todo el período$600 × 12 = $7,200 ÷ 12$600.00
Sueldo básico todo el período($470 de diciembre 2025 + $482 × 11 meses de 2026) ÷ 12$481.00
Sueldo de $800 + $600 en horas extras durante el año($9,600 + $600) ÷ 12$850.00
Ingresó el 1 de junio de 2026 con sueldo de $700$700 × 6 meses = $4,200 ÷ 12$350.00

Si ganas el básico, tu décimo tercero es $481, no $482

El período empieza en diciembre de 2025, cuando el Salario Básico Unificado todavía era $470. El SBU subió a $482 desde el 1 de enero de 2026. Por eso quien ganó el básico todo el período recibe $481.00: un mes a $470 y once meses a $482, dividido para 12.

¿Qué ingresos cuentan para el décimo tercero?

El artículo 111 remite al artículo 95 del Código del Trabajo, que define qué se considera remuneración. Esto es lo que entra y lo que no entra en la suma:

  • •SÍ cuenta: el sueldo o salario mensual
  • •SÍ cuenta: horas extraordinarias y suplementarias
  • •SÍ cuenta: comisiones y trabajo a destajo
  • •SÍ cuenta: el aporte personal al IESS cuando lo asume el empleador
  • •SÍ cuenta: cualquier otra retribución que tenga carácter normal y permanente en la empresa
  • •NO cuenta: el 15% de utilidades
  • •NO cuenta: viáticos o subsidios ocasionales
  • •NO cuenta: el décimo cuarto sueldo ni el propio décimo tercero

¿Cuándo se paga el décimo tercero en 2026?

ModalidadCuándo lo recibes
Acumulado (sector privado)Hasta el 24 de diciembre de 2026, en un solo pago
Acumulado (sector público)El 16 de noviembre de 2026, según el anuncio del Gobierno del 30 de septiembre
MensualizadoCada mes, junto a tu sueldo: la doceava parte de lo que ganas ese mes
Si dejas la empresa antesEl proporcional pendiente, en tu liquidación de haberes

Sector público 2026: se adelanta al 16 de noviembre

El 30 de septiembre de 2026 el presidente Daniel Noboa anunció que los servidores públicos que reciben el décimo tercero acumulado lo cobrarán el 16 de noviembre de 2026. Quienes lo reciben mensualizado ya lo cobran cada mes. Para el sector privado no es obligatorio: el Gobierno invitó a las empresas a sumarse, pero la fecha límite legal sigue siendo el 24 de diciembre. Al 1 de octubre el Ministerio del Trabajo aún no publica el acuerdo con los lineamientos de 2026; en 2025 fue el Acuerdo MDT-2025-164, que fijó el pago hasta el 14 de noviembre.

Acumulado o mensualizado: cuál te corresponde

Desde la reforma de 2015, la regla general del artículo 111 es el pago mensualizado: cada mes recibes la doceava parte de tu remuneración junto al sueldo. Solo lo recibes acumulado en diciembre si lo pediste por escrito a tu empleador. Si nunca presentaste esa solicitud, tu décimo tercero se paga mensualizado y no te corresponde un pago adicional en diciembre.

  • •La solicitud de acumulación se presenta por escrito al empleador durante los primeros 15 días de enero
  • •Una vez pedida, la acumulación se mantiene los años siguientes sin necesidad de repetir la solicitud
  • •Para cambiar de modalidad solo hay una ventana: los primeros 15 días de enero de cada año
  • •Si quieres cobrarlo acumulado en diciembre de 2027, la solicitud va entre el 1 y el 15 de enero de 2027
  • •Mensualizado con sueldo de $700: recibes $58.33 extra cada mes ($700 ÷ 12)

¿Quiénes tienen derecho al décimo tercero?

  • •Todos los trabajadores bajo relación de dependencia, sin importar el tipo de contrato
  • •Trabajadores a tiempo parcial (sobre lo que efectivamente ganaron)
  • •Trabajadoras y trabajadores remunerados del hogar
  • •Quienes salieron de la empresa durante el período (proporcional en la liquidación)
  • •Servidores públicos, bajo la Ley Orgánica del Servicio Público
  • •NO aplica: profesionales que facturan por servicios (sin relación de dependencia)
  • •NO aplica: operarios y aprendices de artesanos, excluidos por el artículo 115 del Código del Trabajo

¿El décimo tercero tiene descuentos?

No. El décimo tercer sueldo no paga aportes al IESS y no se considera ingreso gravado para el impuesto a la renta. Recibes el valor completo. Es distinto de las utilidades, que sí entran en el cálculo del impuesto a la renta.

¿Qué hago si no me pagan el décimo tercero?

  1. 1Revisa tus roles de pago: si ves un rubro mensual de décimo tercero, lo cobras mensualizado y no te toca un pago en diciembre
  2. 2Si lo acumulas y no llegó hasta el 24 de diciembre, pide el pago por escrito al empleador o a recursos humanos
  3. 3Si no hay respuesta, presenta una denuncia ante el Ministerio del Trabajo, en línea o en la inspectoría del trabajo de tu provincia
  4. 4El Ministerio notifica al empleador y puede imponer sanciones
  5. 5Tienes hasta 3 años para reclamar valores laborales no pagados

Si eres empleador: pago y registro

  1. 1Revisa qué trabajadores pidieron la acumulación y cuáles cobran mensualizado
  2. 2Calcula el décimo tercero de cada trabajador con sus ingresos del 1 de diciembre de 2025 al 30 de noviembre de 2026, incluyendo horas extras y comisiones
  3. 3Paga a quienes acumulan hasta el 24 de diciembre de 2026
  4. 4Registra el pago en el Sistema de Salarios en Línea del Ministerio del Trabajo (salarios.trabajo.gob.ec). El trámite es gratuito
  5. 5Respeta el calendario de registro por noveno dígito del RUC o cédula que publica el Ministerio del Trabajo, normalmente en enero

Multas por no pagar o no registrar

El Ministerio del Trabajo controla el pago y el registro de los décimos. Cuando no hay una sanción especial, el Mandato Constituyente 8 (Art. 7) fija multas de 3 a 20 salarios básicos. Además, el empleador sigue obligado a pagar lo adeudado. Si tienes varios trabajadores, un error de cálculo (por ejemplo, olvidar las horas extras) se multiplica por toda la nómina.

Preguntas Frecuentes

¿Hasta cuándo se paga el décimo tercer sueldo 2026?

En el sector privado, hasta el 24 de diciembre de 2026, para quienes lo reciben acumulado. Si lo recibes mensualizado, ya se te paga cada mes junto al sueldo. En el sector público, el Gobierno anunció el pago para el 16 de noviembre de 2026 (para quienes lo reciben acumulado).

¿Qué período cubre el décimo tercero de 2026?

Desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026. Se suman todas las remuneraciones de ese período y el total se divide para 12.

¿Cuánto es el décimo tercero si gano el sueldo básico?

Si trabajaste todo el período ganando el básico, recibes $481.00: diciembre de 2025 se calcula con el SBU de $470 y los once meses de 2026 con el SBU de $482. ($470 + $5,302) ÷ 12 = $481.00.

¿Las horas extras cuentan para el décimo tercero?

Sí. El artículo 95 del Código del Trabajo incluye en la remuneración las horas extraordinarias y suplementarias, las comisiones y el trabajo a destajo. No cuentan las utilidades, los viáticos ocasionales ni el décimo cuarto.

¿Por qué no me pagaron el décimo tercero en diciembre?

Lo más probable es que lo cobres mensualizado, que es la modalidad por defecto desde 2015. Revisa tus roles de pago: si hay un rubro mensual de décimo tercero, ya lo recibiste. Para cobrarlo acumulado debes pedirlo por escrito a tu empleador en los primeros 15 días de enero.

¿Si renuncié me deben pagar el décimo tercero?

Sí. Te corresponde el proporcional por el tiempo trabajado dentro del período que no se te haya pagado aún. Ese valor debe incluirse en tu liquidación de haberes junto con los demás beneficios pendientes.

Redacción TodoTramitec

Equipo editorial de TodoTramitec, portal informativo independiente

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