Laborales y Trabajo
SUT, contratos, liquidaciones, denuncias laborales, reglamentos
El Ministerio del Trabajo administra el Sistema Único de Trabajo (SUT), donde empleadores y trabajadores gestionan contratos, liquidaciones y denuncias laborales. Registrar un contrato de trabajo, tramitar una licencia de maternidad o paternidad, o iniciar un proceso de desahucio son procedimientos obligatorios que se gestionan en línea a través del SUT.
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10 trámites encontrados
Registro de los datos de cada trabajador y de las condiciones de su contrato en el Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio del Trabajo. Es una obligación del empleador del sector privado bajo el Código del Trabajo; se hace en línea y no tiene costo.
Registro del acta de finiquito en el Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio del Trabajo. El acta contiene los valores que recibe el trabajador que sale de la empresa por concepto de liquidación. Lo hace el empleador, en línea y sin costo.
Trámite para que un trabajador activo denuncie el incumplimiento de sus derechos laborales bajo el Código del Trabajo: falta de pago del sueldo o de los décimos, no afiliación al IESS, jornadas sin pago de horas extras, entre otros. El Ministerio programa una inspección en el lugar de trabajo para verificar si se cumplieron los derechos. Es gratuito y no necesitas abogado.
Aprobación, por parte del Ministerio del Trabajo, del reglamento interno de las empresas e instituciones que contratan personal bajo el Código del Trabajo y tienen más de 10 trabajadores. El reglamento regula las condiciones de trabajo, los derechos, las obligaciones y las sanciones. Se tramita en línea en el SUT y es gratuito.
Autorización del Ministerio del Trabajo para que la jornada exceda el máximo de 8 horas diarias y 40 semanales, con horas suplementarias o extraordinarias, bajo el Código del Trabajo. Se pide con la aceptación escrita de los trabajadores ante la Dirección Regional del Trabajo, de forma presencial o por Quipux, y es gratuita.
Audiencia de mediación del Ministerio del Trabajo para resolver conflictos individuales entre trabajador y empleador (por ejemplo, valores de liquidación o incumplimientos) mediante un acuerdo libre y voluntario. Un mediador facilita el diálogo, que es confidencial. Se pide en línea en el SUT o de forma presencial, y es gratuita.
Registro, por parte del empleador, del pago del décimo tercero y del décimo cuarto sueldo de sus trabajadores en el Sistema de Salarios en Línea del Ministerio del Trabajo (salarios.trabajo.gob.ec). Es obligatorio, se hace en línea y no tiene costo.
El visto bueno es el trámite ante el Inspector del Trabajo para terminar el contrato de trabajo por una causa justa prevista en la ley. Lo puede pedir el empleador (causales del Art. 172 del Código del Trabajo) o el trabajador (Art. 173). Se presenta con firma de abogado, en las oficinas del Ministerio del Trabajo o por Quipux, y es gratuito.
El desahucio es el aviso por escrito, incluso por medios electrónicos, con el que el trabajador le comunica al empleador que da por terminado el contrato de trabajo. Se entrega con al menos 15 días de anticipación y da derecho a una bonificación del 25% de la última remuneración mensual por cada año de servicio (Arts. 184 y 185 del Código del Trabajo). Desde la reforma laboral de 2015 solo el trabajador puede desahuciar.
La jubilación patronal es una pensión mensual que paga el empleador, no el IESS, a quien trabajó 25 años o más para él, de forma continua o interrumpida (Art. 216 del Código del Trabajo). Si te despidieron sin causa justa después de 20 años y antes de 25, tienes derecho a la parte proporcional. Es distinta de la jubilación del IESS y se pueden cobrar las dos.
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